dijous, d’octubre 28, 2010

Contradicción Civil

Escuchado en una clase de Derecho Civil III, en la UIB Universidad de las Islas Baleares:

"entre el art. 1954 y el 448, no existe contradicción;
sólo es que uno dice lo contrario que el otro"

Gran frase, aportación de GelObscur (Gràcies)

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